jueves, 17 de marzo de 2011

Juicio a la monstruosidad

La siguiente columna de opinión fue escrita por el abogado Germán Echeverría, de la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional de Los Lagos y profesor de Derecho Penal II de la Escuela de Derecho UST Puerto Montt.

En estos días la Corte Suprema revisa el recurso de nulidad presentado por la defensa de María del Pilar Pérez López, “La Quintrala”. Sus abogados pretenden revertir la sentencia que la condenó a permanecer en la cárcel bajo una regla metafísica, más allá del tiempo de su propia existencia, pues debe cumplir dos penas de presidio perpetuo.

La justicia la consideró responsable de lesionar gravemente a su nuera, de asesinar calificadamente a la pareja homosexual de su ex marido, cuya vida también cegó con insidia; de haber robado y matado al novio de su sobrina y de haber realizado en plenitud las acciones para dar muerte a sus familiares como medio para apropiarse de sus bienes.

Quizá el rasgo más característico de este juicio fue la centralidad de la discusión sobre la monstruosidad moral de la condenada. Y, en sentido contrario, lo menos trascendente fue la discusión jurídica. No se difundieron las interrogantes sobre cómo la acusada, de ser inductora fue -sin embargo- castigada como autora de hechos que ni siquiera se ejecutaron, como el robo con homicidio de sus familiares.

Se dirá que esas interpelaciones son resquicios de abogados, ajenos a la sana sensibilidad ciudadana y cuyo interés es desviar la atención de aquello incuestionable: la necesidad de encerrar a la acusada bajo la regla del leprosario, única capaz de protegernos de su incorregible peligrosidad.

Para conseguirlo, el acusador fiscal, con incuestionable talento, describió el objeto del juicio como un libreto de terror protagonizado por María del Pilar Pérez, a quien, de paso, definió como la titiritera que -inspirada en la maldad humana- dirigió la ejecución de su familia y del joven Diego Schmidt-Hebbel. Un monstruo.

Michel Foucault explicó la evolución de la monstruosidad desde la defectuosidad física hasta la anormalidad moral. Asociada a la criminalidad, ha servido para justificar el merecimiento de castigos horrorosos, desde que el monstruo permanece fuera del pacto social y, por tanto, queda excluido de la racionalidad de la ley.

Su epítome fue María Antonieta. Según Prudhomme, la “ogresa”, “la hembra del tigre”, una vez que ha visto sangre ya no puede saciarse con ella y su monstruosidad ya no es sólo la del soberano antropofágico, sino también la de la mujer escandalosa, desenfrenada e incestuosa, desflorada por su hermano José II y querida de Luis XV, todos consumos prohibidos.

María del Pilar Pérez fue retratada como una nueva versión del monstruo humano. Su desviación anormal se acreditó, entre otras, con los dichos de sus hijos y de su madre, quienes contraviniendo las leyes de la naturaleza renunciaron a los lazos de la sangre para testimoniar la bestialidad de la acusada.

El derecho ha sido el gran ausente. Ahora la Excma. Corte Suprema tiene la última palabra y está llamada a decirnos si en un Estado de Derecho se aplica al monstruo la ley racional o el castigo horroroso que en tiempos de María Antonieta autorizó su exclusión bajo la guillotina y hoy a través del doble presidio perpetuo.


Por Germán Echeverría, abogado Unidad de Estudios Defensoría Regional de Los Lagos. Profesor de Derecho Penal II UST Puerto Montt

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